Hoy, una vez más, me topé con el “Según la LCE, art. 6 (1) este mensaje comercial puede ser no solicitado” y luego 5 páginas de vómito con un montón de tonterías, sin ningún formato, sin secciones claramente separadas, etc.
Como ya me harté de leer esas tonterías, me puse a revisar la LCE para ver qué dice ese famoso artículo 6, y leo:
Art. 6. (1) El proveedor de servicios que envíe mensajes comerciales no solicitados por correo electrónico sin el consentimiento previo del destinatario está obligado a garantizar que el mensaje comercial se reconozca de forma clara e inequívoca como no solicitado desde el momento mismo en que llegue al destinatario.
(2) (Modif. – Gaceta Oficial, n.º 105 de 2006, en vigor desde el 24.12.2006) La Comisión de Protección del Consumidor llevará un registro electrónico de las direcciones electrónicas de las personas jurídicas que no deseen recibir mensajes comerciales no solicitados, conforme al procedimiento establecido por un reglamento del Consejo de Ministros.
(3) Se prohíbe el envío de mensajes comerciales no solicitados a las direcciones electrónicas inscritas en el registro del apartado 2.
Hasta aquí todo bien, todo claro, estoy de acuerdo. No tiene sentido ponerme a discutir las disposiciones legales: las aguanto o las bloqueo, bla, bla, y sigo leyendo el apartado 4, y ¿qué veo?:
(4) Se prohíbe el envío de mensajes comerciales no solicitados a los consumidores sin su consentimiento previo.
¿Eeeh… cómo? Según esto, primero deberían escribirme un correíto para preguntarme si estoy de acuerdo en recibir todo ese vómito o no, pero no lo hacen. Simplemente me anuncian que, según el art. 6 (1), este mensaje comercial puede no haber sido solicitado por mí y luego vuelcan todo el vómito en el mismo correo. En ningún lado me preguntan si estoy de acuerdo o no: directo y sin anestesia.
Me pregunto qué tan legal es esta práctica: ¿mandar spam sin mi consentimiento expreso?